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Condiciones generales UE

Índice

  • Artículo 1 – Definiciones

  • Artículo 2 – Identidad del empresario

  • Artículo 3 – Aplicabilidad

  • Artículo 4 – La oferta

  • Artículo 5 – El contrato

  • Artículo 6 – Derecho de desistimiento

  • Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento

  • Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

  • Artículo 9 – El precio

  • Artículo 10 – Conformidad y garantía

  • Artículo 11 – Entrega y ejecución

  • Artículo 12 – Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga

  • Artículo 13 – Pago

  • Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

  • Artículo 15 – Controversias

  • Artículo 16 – Disposiciones adicionales o diferentes

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

Plazo de reflexión: el período durante el cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento.
Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una actividad profesional o empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario.
Día: día natural.
Contrato de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se extiende en el tiempo.
Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de forma que permita su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.
Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión.
Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición del consumidor para que éste lo rellene cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a los consumidores a distancia.
Contrato a distancia: un contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, utilizando, hasta la celebración del contrato inclusive, exclusivamente uno o varios medios de comunicación a distancia.
Medio de comunicación a distancia: cualquier medio que pueda utilizarse para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario estén simultáneamente presentes en el mismo lugar.
Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.

Artículo 2 – Identidad del empresario

Sim Race Webshop B.V.
Vlierbessenstraat 8
1326 JH Almere
Países Bajos
T (085) 200-6202
E info@simracewebshop.com
KVK (Cámara de Comercio): 85163937
N.º de IVA: NL863531611B01

Artículo 3 – Aplicabilidad

Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia y pedidos celebrados entre el empresario y el consumidor.

Antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará que las condiciones generales están disponibles para su consulta en el establecimiento del empresario y que, a petición del consumidor, se enviarán gratuitamente lo antes posible.

Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, y antes de su celebración, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por medios electrónicos de tal forma que éste pueda almacenarlo de manera sencilla en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente y que, a petición del consumidor, se enviarán gratuitamente por medios electrónicos o de otro modo.

En el caso de que, además de estas condiciones generales, sean de aplicación condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación, mutatis mutandis, los párrafos segundo y tercero, y en caso de contradicción entre condiciones generales, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le sea más favorable.

Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran en algún momento total o parcialmente nulas o anuladas, el contrato y estas condiciones seguirán vigentes en lo demás, y la disposición afectada será sustituida de común acuerdo sin dilación por otra que se aproxime lo más posible al propósito de la original.

Las situaciones no reguladas en estas condiciones generales deberán evaluarse “conforme al espíritu” de estas condiciones generales.

Las dudas sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse igualmente “conforme al espíritu” de estas condiciones generales.

Artículo 4 – La oferta

Si una oferta tiene una validez limitada o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la oferta.

La oferta no es vinculante. El empresario está facultado para modificar y ajustar la oferta.

La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor una adecuada evaluación de la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, éstas constituyen una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores u omisiones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.

Todas las imágenes, especificaciones y datos contenidos en la oferta son indicativos y no pueden dar lugar a indemnización o a la rescisión del contrato.

Las imágenes de los productos constituyen una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.

Cada oferta contiene la información suficiente para que el consumidor entienda claramente los derechos y obligaciones que se derivan de la aceptación de la oferta. En particular:

  • el precio con impuestos incluidos;

  • los eventuales gastos de envío;

  • la forma en que se perfeccionará el contrato y las actuaciones necesarias para ello;

  • la existencia o no del derecho de desistimiento;

  • el método de pago, entrega y ejecución del contrato;

  • el plazo para aceptar la oferta, o el período durante el cual el empresario garantiza el precio;

  • el importe de la tarifa por comunicación a distancia si difiere del coste básico habitual del medio de comunicación utilizado;

  • si el contrato será archivado tras su celebración y, en su caso, cómo podrá consultarlo el consumidor;

  • la manera en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar y, en su caso, corregir los datos que haya facilitado en el marco del contrato;

  • los otros posibles idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato;

  • los códigos de conducta a los que se ha adherido el empresario y cómo puede el consumidor consultarlos electrónicamente; y

  • la duración mínima del contrato a distancia en caso de contrato de duración.

Artículo 5 – El contrato

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se perfecciona en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas.

Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el empresario confirmará sin demora la recepción de la aceptación por medios electrónicos. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.

Si el contrato se perfecciona por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.

El empresario podrá, dentro de los marcos legales, obtener información sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y factores relevantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de este análisis, el empresario tuviera motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar motivadamente un pedido o solicitud o para supeditar la ejecución a condiciones especiales.

El empresario facilitará al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de forma que pueda almacenarse por el consumidor de manera accesible en un soporte duradero:

  • la dirección de visita del establecimiento del empresario al que puede dirigirse el consumidor con sus reclamaciones;

  • las condiciones y el modo en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;

  • la información sobre garantías y servicio posventa existente;

  • los datos incluidos en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato;

  • los requisitos para la rescisión del contrato si el contrato tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.

En caso de un contrato de duración, lo dispuesto en el párrafo anterior sólo se aplica a la primera entrega.

Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Entrega de productos:
En la compra de productos, el consumidor dispone de un plazo de 30 días para resolver el contrato sin necesidad de indicar los motivos. Este plazo comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o del representante designado previamente por el consumidor e informado al empresario.

Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar si desea quedarse con él. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios entregados y —si es razonablemente posible— en su estado y embalaje originales al empresario, de conformidad con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por éste.

Cuando el consumidor desee hacer uso de su derecho de desistimiento, está obligado a comunicarlo al empresario en el plazo de 14 días desde la recepción del producto. La comunicación deberá realizarse mediante el formulario modelo o por otro medio de comunicación, como correo electrónico. Tras comunicar su intención de desistir, el consumidor deberá devolver el producto en el plazo de 14 días. El consumidor deberá demostrar que los bienes entregados fueron devueltos puntualmente, por ejemplo, mediante un justificante de envío.

Si, tras la expiración de los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el consumidor no ha comunicado su intención de ejercer el derecho de desistimiento y/o no ha devuelto el producto al empresario, la compra es definitiva.

Prestación de servicios:
En la prestación de servicios, el consumidor podrá resolver el contrato sin indicar los motivos durante al menos 14 días, a contar desde el día de la celebración del contrato.

Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor seguirá las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario con la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la entrega.

Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento

Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, como máximo correrán por su cuenta los gastos de devolución.

Si el consumidor ha abonado algún importe, el empresario reembolsará dicho importe lo antes posible y, a más tardar, dentro de los 14 días posteriores al desistimiento. La condición es que el producto ya haya sido recibido por el comerciante online o que pueda presentarse una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se efectuará por el mismo medio de pago utilizado por el consumidor, salvo que éste consienta expresamente otro medio de pago.

En caso de daños al producto por un manejo descuidado por parte del consumidor, éste será responsable de cualquier depreciación del valor del producto.

El consumidor no podrá ser considerado responsable de la depreciación del producto cuando el empresario no haya proporcionado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento; esto debe hacerse antes de la celebración del contrato de compraventa.

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento sólo será posible si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos con la debida antelación antes de la celebración del contrato.

La exclusión del derecho de desistimiento sólo es posible para productos:

  • confeccionados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;

  • claramente de carácter personal;

  • que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos;

  • que puedan estropearse o envejecer rápidamente;

  • cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia;

  • ejemplares sueltos de periódicos y revistas;

  • grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;

  • productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.

La exclusión del derecho de desistimiento sólo es posible para servicios:

  • relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio a realizar en una fecha determinada o durante un período determinado;

  • cuya ejecución haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de la expiración del plazo de reflexión;

  • relativos a apuestas y loterías.

Artículo 9 – El precio

Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo modificaciones de precio como consecuencia de cambios en los tipos de IVA.

No obstante lo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre las que el empresario no tenga influencia, a precios variables. Esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados, en su caso, sean orientativos, se indicarán en la oferta.

Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato sólo se permitirán si son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias.

Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo se permitirán si el empresario así lo ha estipulado y:

  • son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias; o

  • el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que el aumento de precio surta efecto.

Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Todos los precios están sujetos a errores tipográficos o de impresión. No se aceptará responsabilidad por las consecuencias de dichos errores. En caso de error tipográfico o de impresión, el empresario no está obligado a suministrar el producto al precio incorrecto.

Artículo 10 – Conformidad y garantía

El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de fiabilidad y/o utilidad y con las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales existentes en la fecha de celebración del contrato. Si se acuerda, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del normal.

La garantía proporcionada por el empresario, fabricante o importador no afecta a los derechos y acciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato.

Los defectos o productos entregados incorrectamente deberán notificarse por escrito al empresario en el plazo de 2 meses desde el descubrimiento del defecto.

El período de garantía del empresario se corresponde con el período de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no es responsable de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual por parte del consumidor, ni de cualquier asesoramiento relativo al uso o aplicación de los productos.

La garantía no es aplicable si:

  • el consumidor ha reparado y/o manipulado los productos entregados por sí mismo o ha hecho que terceros los reparen y/o manipulen;

  • los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales o se tratan de otro modo de forma negligente o en contra de las instrucciones del empresario y/o de lo indicado en el embalaje;

  • la falta de conformidad es total o parcialmente consecuencia de prescripciones impuestas o que vayan a imponerse por la autoridad pública en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11 – Entrega y ejecución

El empresario observará el mayor cuidado posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar solicitudes de prestación de servicios.

El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia y, como muy tarde, dentro de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega mayor. En caso de retraso en la entrega, o si un pedido no puede ejecutarse o sólo parcialmente, el consumidor recibirá notificación de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tendrá derecho a indemnización.

Todos los plazos de entrega son indicativos. El consumidor no podrá derivar derechos de los plazos mencionados. La superación de un plazo no da derecho a indemnización.

En caso de resolución conforme al apartado 3 del presente artículo, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible y, a más tardar, dentro de 14 días a partir de la resolución.

Si la entrega de un producto solicitado resulta imposible, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo de sustitución. A más tardar en el momento de la entrega se indicará de forma clara y comprensible que se entrega un artículo sustitutivo. En el caso de artículos sustitutivos, no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los costes de una posible devolución correrán a cargo del empresario.

El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo pacto expreso en contrario.

Artículo 12 – Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga

Rescisión
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios al final del plazo acordado, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:

  • en cualquier momento, sin estar limitado a un momento o período determinado;

  • al menos de la misma manera en que los celebró;

  • siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí.

Prórroga
Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período determinado.

En derogación de lo anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de diarios, publicaciones de noticias y revistas semanales podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de como máximo tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir dicho contrato prorrogado al final de la prórroga con un preaviso máximo de un mes.

Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios sólo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes y con un preaviso máximo de tres meses en el caso de contratos que tengan por objeto la entrega periódica —pero de menos de una vez al mes— de diarios, publicaciones de noticias y revistas semanales.

Un contrato de duración limitada para la entrega periódica con fines de prueba de diarios, publicaciones de noticias y revistas semanales (suscripción de prueba o introductoria) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introducción.

Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento después de un año con un preaviso máximo de un mes, salvo que la buena fe y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.

Artículo 13 – Pago

Salvo que se acuerde lo contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse dentro de 7 días laborables a partir del inicio del plazo de reflexión a que se refiere el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará después de que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.

El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario las inexactitudes en los datos de pago facilitados o indicados.

En caso de mora por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, con sujeción a las limitaciones legales, a repercutir al consumidor los costes razonables previamente comunicados.

Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente publicitado y tramita la reclamación conforme a dicho procedimiento.

Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario en el plazo de 2 meses, debidamente cumplimentadas y claramente descritas, a partir de que el consumidor haya constatado los defectos.

Las reclamaciones presentadas al empresario serán contestadas en el plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación prevé un tiempo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicando cuándo podrá esperar el consumidor una respuesta más detallada.

Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá una controversia sujeta al procedimiento de resolución de disputas.

En caso de reclamaciones, el consumidor debe dirigirse en primer lugar al empresario. Si la tienda online está afiliada a WebwinkelKeur y existen reclamaciones que no puedan resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor deberá dirigirse a WebwinkelKeur (www.webwinkelkeur.nl), que mediará gratuitamente. Compruebe si esta tienda online tiene una membresía vigente: https://www.webwinkelkeur.nl/ledenlijst/.

Artículo 15 – Controversias

A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales les será aplicable exclusivamente el Derecho neerlandés, incluso si el consumidor reside en el extranjero.

No se aplicará la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

Artículo 16 – Disposiciones adicionales o diferentes

Las disposiciones adicionales o que se aparten de estas condiciones generales no podrán ser en perjuicio del consumidor y deberán constar por escrito o en una forma que permita su almacenamiento por el consumidor de manera accesible en un soporte duradero.